
Las empresas tendrán que hacer públicos los salarios medios de su plantilla
El propósito de la norma es reducir la disparidad existente en la Unión Europea, en que las mujeres reciben de promedio un salario más bajo que los hombres.
El Parlamento Europeo ha dado su visto bueno a la Directiva sobre Transparencia Salarial que, una vez sea aprobada formalmente por el Consejo y entre en vigor, obligará a las empresas de los países miembros de la UE a hacer públicos los salarios medios desglosados por sexo, en un intento de acabar con la brecha salarial entre hombres y mujeres.
El objetivo de esta norma aprobada por la Eurocámara el pasado 30 de marzo con 427 votos a favor, 79 en contra y 76 abstenciones es cerrar la brecha por la que actualmente las mujeres cobran de media en la Unión Europea casi un 13 % menos que los hombres. Y para ello, la Directiva prevé que los miembros de la plantilla de una empresa puedan pedir a su empleador información sobre su nivel de salario y la media que paga al resto de empleados y empleadas que hagan el mismo trabajo o un trabajo del mismo valor, dividida por género, con el fin de poder comparar e independientemente del tamaño de la empresa.
Las estructuras retributivas para comparar salarios deberán basarse en criterios que no hagan diferencias de género. Dichos criterios también deberán aplicarse a los sistemas de evaluación y clasificación de empleos, a los anuncios de vacantes y a la denominación del puesto. Los procesos de selección y contratación deberán llevarse a cabo de forma no discriminatoria.
Las empresas estarán obligadas a informar sobre el salario inicial al publicar una vacante o antes de la entrevista de trabajo, y no podrán preguntar a las y los candidatos sobre su historial de salarios.
Fin del secreto salarial en las empresas
En esta nueva directiva europea se prohibirán las cláusulas contractuales que impidan a las y los trabajadores revelar cuánto ganan o buscar información sobre otras categorías profesionales o la suya propia.
En cuestiones relacionadas con la remuneración, la carga de la prueba pasará del trabajador o trabajadora a la empresa. Aquellos casos en los que un trabajador o trabajadora considere que no se ha aplicado el principio de igualdad de retribución y acuda a la justicia, la legislación nacional deberá obligar a la empresa a demostrar que no ha habido discriminación, y no al contrario.
Las compañías tendrán que tomar medidas si su brecha salarial supera el 5 %
Las compañías con más de 100 personas trabajadoras estarán obligadas a publicar periódicamente información sobre la brecha salarial entre su plantilla y, si la información sobre salarios muestra una diferencia de género de al menos un 5 %, la compañía tendrá que efectuar un análisis conjunto de los salarios en cooperación con los representantes de las personas trabajadoras.
Los Estados miembros de la UE tendrán que establecer sanciones efectivas, proporcionadas y disuasorias —como multas— para las empresas que infrinjan las normas. La plantilla que haya sido perjudicada como resultado de una infracción de esta norma tendrán derecho a pedir una indemnización. Por primera vez, las normas incluyen la discriminación interseccional y los derechos de las personas no binarias en su ámbito de aplicación.
El Consejo Europeo deberá aprobar formalmente el acuerdo antes de que el texto se convierta en Directiva y se publique en el Diario Oficial de la UE. La nueva norma entrará en vigor veinte días después de su publicación y los estados tendrán tres años para aplicarla.
La Asociación + Responsables, que tiene entre sus objetivos fundacionales trabajar por la igualdad de oportunidades reales, confeccionó un Manual de Herramientas para la reducción de la brecha salarial en las organizaciones con el fin de incidir en la mejora de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, y más concretamente en la mejora de la igualdad retributiva. Os invitamos a consultarlo.
Desde Ingeniería Social, tenemos amplia experiencia en acompañar a las organizaciones en la implementación de sus Planes y estrategias en Igualdad y Diversidad.
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